La nueva reforma laboral estableció dentro de sus cambios (de acuerdo al artículo 13 de la Ley Federal del Trabajo LFT), la obligación de registrarse ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) a todos los prestadores de servicios especializados u obras especializadas en la plataforma denominada REPSE.

¿Tengo que registrarme a REPSE, qué proveedores están obligados a contar con estos registros? Aquí te contamos

Se deben registrar todos los prestadores de servicios u obras especializadas que no formen parte del objeto social, ni de la actividad económica preponderante de la empresa contratante y que además para otorgar estos servicios u obras especializadas contratadas se necesite que sus trabajadores se pongan al servicio de la empresa contratante.

Por ejemplo; el proveedor de servicio especializado de limpieza o el servicio de mantenimiento de maquinaria que el cliente tiene en sus instalaciones.

Si el servicio que ofreces no implica que los trabajadores de la empresa especializada estén a disposición de los clientes, no tienes por qué inscribirte en el RESPE, por ejemplo; abogados o contadores que realizan sus servicios en sus propias oficinas o bien, aquellos proveedores que realizan sus productos en sus fábricas y solo envían el material al cliente final.

¿Cómo me inscribo al REPSE?

De acuerdo al artículo 15 de la LFT, si eres personas físicas o morales deberás acreditar estar al corriente en tus obligaciones fiscales y de seguridad social (sin adeudos al IMSS, INFONAVIT o SAT), o se te negará tu inscripción hasta que regularices tus adeudos con estas instituciones. Estos trámites no se realizan en el REPSE ni con la STPS.

Asegúrate que al escanear tus documentos, sean claros y legibles, de lo contrario serán rechazados por el sistema.

¿Qué pasa si yo o mi proveedor de servicios especializados no cuenta con registro REPSE?

Recuerda, en caso de no contar con tu registro NO PODRÁS PRESTAR SERVICIOS ESPECIALIZADOS, tus clientes NO PODRÁN DEDUCIR IMPUESTOS de tu actividad y podrás ser acreedor a sanciones.

Una vez realizado tu registro la STPS responderá tu solicitud antes de 20 días.

Recuerda, en Limpiamex contamos con Registro REPSE como Empresa Especializada en Servicios de Limpieza, si buscas proveedor de estos servicios, verifica que cuente con su hoja de registro REPSE.